Estándares basicos para la practica arqueológica |
Escrito por Asociación de Arqueológos Profesionales de la República Argentina |
Lunes, 30 de Julio de 2007 16:57 |
A. Estándares Generales
1. Desempeñar la actividad profesional tendiendo siempre a la conservación y preservación de la base de recursos arqueológicos y a su buen uso. 2. Asumir un rol activo y protagónico en la prevención de acciones o efectos destructivos o perturbadores del registro arqueológico por los distintos agentes - antrópicos y naturales -. 3. Practicar excavaciones u otras acciones que impliquen alteración del Registro Arqueológico sólo en los casos debidamente justificados y que se puedan desarrollar y llevar a su plena finalización en acordancia con un buen nivel científico-técnico. 4. Adherir a los estándares científicos consistentemente aprobados por la comunidad científica, de manera tal que se maximice y optimice la conservación del Registro Arqueológico y/o la generación de información y producción de conocimientos a partir del mismo. Atención: El punto 5 se sacó y con los cambios establecidos pasa al Código de Etica Estándares generales relativos a investigación I. Generales 1. Antes de iniciar un trabajo específico determinar fehacientemente si su calificación profesional y campo de especialización se adecuan y cubren las demandas del mismo, de lo contrario buscar la forma de cubrir las debilidades o no involucrarse en el mismo. 2. Toda investigación debe ser un aporte al conocimiento de las culturas del pasado, a mejorar aspectos técnicos, metodológicos y teóricos para la interpretación del Registro Arqueológico y contribuir a la preservación y conservación de los recursos arqueológicos. 3. Desarrollar para cada caso un plan científico y un diseño de investigación que sea pertinente y tome en cuenta las técnicas, metodología y aspectos teórico-metodológicos de alta calidad y además las investigaciones previas, la información y el conocimiento existente sobre el particular. 4. Asegurar la disponibilidad de staff competente y con el perfil de especialización apropiado, así como los medios y soporte necesario para poder desarrollar y llevar el trabajo a su adecuada finalización. 5. Cumplimentar todos los requerimientos legales, institucionales - permisos, etc. de orden nacional, provincial o municipal. 6. Verificar si un trabajo o proyecto a iniciar no interfiere con el de otro/s colegas - ej. que afecte zonas que ya están siendo estudiadas por otros- y si así fuere respetar la prioridad y/o establecer los acuerdos que correspondan. II. Pautas básicas para trabajos de campo - prospección y excavación. 1. Se debe diseñar y aplicar un sistema de identificación, registro y codificación para los materiales y otros componentes del Registro Arqueológico que asegure, aún en un futuro mediato, un reconocimiento fácil y claro de su proveniencia y de otros datos de interés. 2. La información referente al medio natural en que se encuentra el sitio, estratificación deposicional, topografía, datos contextuales y otros rasgos arqueológicos o culturales debe registrarse con precisión, claridad e integridad de tal forma que puedan ser utilizados por otros investigadores en el futuro. 3. Los sistemas de registro de datos tanto textuales como gráficos deben ser inteligibles para otros arqueólogos. Se debe definir o explicitar claramente todo aquello que pueda tener implicancias ambiguas. 4. El alcance y la forma de encarar los trabajos de campo y el tratamiento que se otorgue al Registro Arqueológico además de tomar en cuenta los fines, objetivos y propósitos del investigador o los del trabajo específico, no deben perder de vista perspectivas de la arqueología presentes y futuros. III. Tratamiento de los materiales y de los registros 1. Durante los traslados, análisis y almacenamiento de los especímenes, otros vestigios y los registros, el arqueólogo debe tomar las precauciones para que los mismos no sufran deterioros, pérdidas o se alteren o confundan sus datos identificatorios y de proveniencia. 2. Las colecciones de especímenes y otros materiales, así como los registros que resulten de un proyecto deben permanecer juntos y ser depositados en instituciones que aseguren su permanente curación y buena preservación. IV. Difusión de la Información 1. El arqueólogo tiene la responsabilidad de hacer conocer en los distintos ámbitos y estamentos los resultados de sus investigaciones y otro tipo de trabajos por los medios apropiados. 2. Los requerimientos justificados de información por parte de otros colegas deberían ser atendidos siempre que se respete la propiedad intelectual. 3. Los arqueólogos deben acceder a requerimientos razonables de información por parte de los medios periodísticos. |
Última actualización el Martes, 15 de Septiembre de 2009 04:55 |