Principios para la implementación de archivos documentales sobre Monumentos, Conjuntos Arquitectónic |
Escrito por Catherine Lara |
Viernes, 01 de Junio de 2007 22:23 |
Texto ratificado por la Asamblea General del ICOMOS en Sofía, Bulgaria, del 5 al 9 de octubre de 1996
Considerando que el patrimonio cultural es una expresión excepcional de la obra del ser humano, considerando que este patrimonio cultural se encuentra permanentemente amenazado, considerando que la constitución de archivos documentales es una de las formas principales para definir el sentido y permitir el entendimiento, la identificación y el reconocimiento de los valores del patrimonio cultural, y considerando que la responsabilidad de la conservación y de la protección de este patrimonio cultural recae no sólamente en sus propietarios, sino también en los especialistas de la conservación, en los profesionales, en los responsables políticos y administrativos que intervienen en todos los niveles de los poderes públicos, así como en el público, y considerando el artículo 16 de la Carta de Venecia, es esencial que los organismos y las personas jurídicas competentes participen en el registro de las características del patrimonio cultural. El objetivo de este documento es luego explicar los motivos principales, las responsabilidades, los principios de organización, el contenido, los principios de clasificación y de distribución del registro documental del patrimonio cultural. DEFINICIONES DE LOS TÉRMINOS UTILIZADOS EN ESTE DOCUMENTO Patrimonio cultural designa a los monumentos, conjuntos arquitecturales y sitios dotados de valor patrimonial, que conforman el entorno histórico o el entorno arquitectónico. El registro documental es la recolección de informaciones que describen la configuración física, el estado y el uso dado a los monumentos, a los conjuntos arquitectónicos y a los sitios, en momentos precisos, y constituye un elemento esencial del proceso de su conservación. Los archivos documentales de los monumenots, conjuntos arquitectónicos y sitios pueden incluir testimonios tanto materiales como inmateriales, y conforman una parte de la documentación que puede contribuir a la comprensión del patrimonio y de los valores vehiculados por éste. MOTIVOS DEL REGISTRO DE DOCUMENTOS 1. El registro documental del patrimonio cultural es un acto esencial, ya que permite : a) hacer progresar el conocimiento y el entendimiento del patrimonio cultural, de sus valores y de su evolución;2. El registro documental debe ser abordado desde un nivel de precisión que permita : a) proveer la información necessaria para la identificación, la comprensión, la interpretación y la presentación del patrimonio, y promover la implicación del público a su favor;3. El registro documental del patrimonio cultural debe ser considerado como una prioridad y debe ser abordado de la siguiente manera más particularmente : a) a partir de los inventarios metodológicos llevados a cabo a nivel nacional, regional o local; RESPONSABILIDAD DEL REGISTRO DOCUMENTAL 1. El compromiso a nivel nacional para conservar el patrimonio requiere de un compromiso equivalente a favor del proceso de registro documental. 2. La complejidad de los procesos de registro y de interpretación requiere un nivel técnico, un conocimiento y una conciencia adecuados al manejo coordinado de estas tareas por parte de los individuos. El implemento de formaciones puede ser necesario en este sentido. 3. El proceso de registro documental puede en particular asociar entre ellos a participantes especializados, en el marco de una estrecha colaboración : especialistas en inventarios de patrimonio, inspectores, curadores, arquitectos, ingenieros, investigadores, historiadores de la arquitectura, arqueólogos, especialmente en la prospección de superficie o de la estratigrafía, y demás consejeros especializados. 4. Todos los gestores del patrimonio cultural son responsables de la realización de un registro documental adecuado, de la calidad y de la actualización de la documentación. ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO DOCUMENTAL 1. Previa estructuración de una nueva documentación, conviene investigar y evaluar todas las fuentes existentes. a ) Las formas de documentación susceptibles de aportar tales informaciones son los fondos de los registros arquitectónicos, de los dibujos, fotografías, balances y descripciones publicados o inéditos, así como de todo documento referente a los orígenes e historia del edificio, del conjunto arquitectónico o del sitio. Es importante llevar esta investigación a cabo en la documentación antigua y actual;2. Como consecuencia natural a esta investigación previa, la selección de la extensión apropiada, del nivel y de los métodos de registro documentales implica : a) que los métodos de registro y el tipo de documentación producidos sean adecuados a la naturaleza del patrimonio a ser tratado, al uso que será hecho de esta documentación, al contexto cultural, en fin, a los medios financieros u otros disponibles. La limitación de estos medios puede volver necesario un acercamiento progresivo, por etapas, del registro documental. Tales métodos pueden incluir la descripción y el análisis escritos, la fotografía (aérea y terrestre), la fotografía editada, la fotogrametría, el estudio geológico, la cartografía, los registros descriptivos, los dibujos y croquis, las copias o el recurso a otras tecnologías tradicionales o modernas; CONTENIDO DE LOS ARCHIVOS DE DOCUMENTOS 1. Toda documentación debe ser identificada por : a) el nombre del edificio, conjunto arquitectónico o sitio;2. La ubicación y el área ocupada por el monumento, el conjunto arquitectónico o el sitio deben ser indicadas con precisión; pueden ser establecidas mediante una descripción, mapas, planos o fotografías aéreas. En sector rural, las referencias cartográficas o una triangulación a partir de puntos conocidos son muchas veces los únicos métodos viables. En sector urbano, una dirección o a la indicación de la calle pueden ser suficientes. 3. En la nueva documentación deben estar precisadas las fuentes de toda información que no provenga directamente del informe sobre el monumento, conjunto arquitectónico o sitio. 4. La documentación debe incluir, dependiendo del caso, toda la información que se expone a continuación, o parte de ella : a) el tipo, la forma, y dimensiones del edificio, conjunto arquitectónico o sitio;5. De acuerdo al objetivo buscado en la conformación de la documentación (ver sub-sección 1.2) dependerá la necesidad o no de incluir cuantiosos detalles. Respuestas sistemáticas, aún sucintas, aportadas a los apartados enumerados anteriormente, conformarán en todo caso informaciones valiosas para el plan local del buen manejo del urbanismo y de la construcción. No obstante, con la finalidad de asegurar la conservación, el mantenimiento y el manejo de la edificación del sitio, su propietario deberá tener un informe más detallado. GESTIÓN Y REPARACIÓN DE LOS ARCHIVOS DOCUMENTALES 1. El original de esta documentación deberá ser conservado en las condiciones de seguridad que sean necesarias, para asegurar su integridad y su protección en contra de cualquier tipo de deterioro, conforme a lo establecido por las normas internacionales. 2. Una copia integral de esta documentación debe ser conservada en otro lugar seguro. 3. Copias de estos archivos deben ser asequibles a las autoridades legales así como a los profesionales interesados y al público, en condiciones adecuadas, para investigaciones, habilitación del espacio o todo proceso administrativo o jurídico. 4. Los archivos actualizados deben ser fáciles de acceso, y si es posible en el lugar mismo, para ser usados en investigaciones acerca del patrimonio, su gestión, mantenimiento o en la reparación de los sitios. 5. Estos archivos deben responder a un formato estandarizado y constar de un índice que facilite el procesamiento y búsqueda de la información a niveles local, nacional e internacional, siempre y cuando esto sea posible. 6. La implementación, gestión y repartición de las informaciones registradas requieren el empleo adecuado y responsable de la tecnología contemporánea de procesamiento la información, siempre y cuando esto sea posible. 7. El lugar de consulta de estos archivos debe ser comunicado al público. 8. Una presentación de los resultados principales de toda recolección de documentos debe ser difundida y publicada de acuerdo a las modalidades adecuadas. |
Última actualización el Martes, 05 de Junio de 2007 00:54 |
Comentarios
Puedes precisar tu pregunta?
tu no sabes el conjunto por extencion y comprension